Servicios Suplementarios de Salud
Hospicio Gregoria Auffant
¿Qué es Hospicio y cómo puedo obtener los servicios? ?
El Programa de Hospicio ofrece apoyo médico, psicológico y espiritual. El objetivo de estos cuidados es ayudar a las personas que están cerca de la muerte a tener paz, comodidades y dignidad. Para obtener los servicios, Medicare exige que el Médico del Programa de Hospicio evalúe al paciente y certifique la condición terminal.
Requisitos de elección y consentimiento del paciente al Programa de Hospicio.
El paciente o su representante, deberá firmar un documento de elección del Programa de Hospicio de Servicios Suplementarios de Salud, Inc. Antes de que se le comiencen los servicios. Se compromete a no recibir tratamiento curativo; sólo paliativo, y a no recibir servicios simultáneos de otro Programa de Hospicio.

Servicios cubiertos por Medicare:
- Servicios médicos
- Enfermería
- Trabajo Social
- Asesoría Espiritual
- Dietética y Nutrición
- Fisioterapistas
- Terapia Ocupacional
- Patología del Habla
- Auxiliar de Salud y Ama de Llaves
- Musicoterapia
- Aroma terapia
- Masaje de relajación
- Medicinas para la condición Terminal
- Institucionalización corta para controlar el dolor y manejar síntomas a nivel de sala de emergencias
- Institucionalización por cinco (5) días o menos para proveer descansoa la familia.
- Apoyo a la familia después de la muerte del paciente (hasta un año).
- Equipo médico durable y material desechable para uso del paciente.
Servicio de la accesibilidad de La Asesoría Espiritual
¡Informacíon importante!
Protección Anti-discrimen
El Programa de Hospicio se compromete con el paciente, a no establecer discrimen por raza, edad, sexo, color, origen, condición social y de salud, impedimentos físicos, ideas políticas, o religiosas, o cualquier otra causa discriminatoria en la prestación de los servicios.
Derechos del paciente
- A recibir todos los servicios disponibles en el Programa de Hospicio.
- A que se le oriente sobre el Programa de servicios, cubierta de Medicare, requisitos de elegibilidad, requisito de elección y consentimiento al Programa de Hospicio, servicios no cubiertos, costos, accesibilidad de la asesoría espiritual, servicios del Médico del Programa, protección anti discrimen, oportunidad de cambiar del Programa de Hospicio a consentir si recibe servicios de consultoría y de institucionalización, y a establecer disposiciones de cuidado propio; además , a que se le diseñe un plan para conocer y aceptar su condición y pronóstico.
- También tiene derecho a que no se discrimine con él (vea sección de Protección de Anti discrimen)
- A quejarse, al Programa de Hospicio, y a las entidades de Medicare sobre su insatisfacción con los servicios o con el Programa.
Responsabilidad del paciente
- No cambiar de Programa de hospicio sin notificar previamente a ambos Programas.
- No recibir tratamiento en otras facilidades para su condición terminal, mientras esté activo en el Programa.
- No hospitalarse sin antes comunicarse con el personal del Programa. Coordinar previamente sus necesidades de institucionalización con el personal del programa.
- Informar al Programa tan pronto deje de utilizar un equipo médico. No dejar el equipo en otras facilidades.
- Coordinar con el personal del Programa sus necesidades de medicamentos para la condición Terminal; no comprar estas medicinas por su cuenta.
- Pagar el coaseguro por cada medicina entregada, y por los días en la institución para descanso de la familia (máximo 5 días).
¿Costos para el paciente?
El paciente de Medicare no tiene que pagar por los servicios de Hospicio, Medicare paga al programa seleccionado por los mismos. El paciente pagará únicamente un coaseguro por cada medicina entregada (que no excederá $5.00), y también un coaseguro por los días de institucionalización para descanso de la familia.

